Derechos de la población “en riesgo”

Alrededor de 1.4 millones de trabajadores retornarán presencialmente a sus centros de trabajo, menos quienes pertenezcan a los grupos de riesgo. Estas son personas con diabetes, obesidad, estados de inmunosupresión, adultos mayores.

La abogada laboralista de Aguirre Abogados & Asesores, María Ángela Vásquez, refiere que al menos 26% de trabajadores en el Perú, sufren de obesidad y 413,000 son mayores de 60 años. Explica cuáles son sus derechos laborales:

1) Mecanismos de protección. El mecanismo de suspensión perfecta permite que el empleador pueda ordenar que el trabajador cese sus funciones recibiendo el pago de su remuneración, pero no incluye a la población en riesgo. Otras opciones sería acordar el empleador y trabajador otorgar vacaciones. Otro mecanismo es pactar la reducción del sueldo, pero en ningún caso por debajo de la remuneración mínima vital, indica.
2) Declaración jurada. Si estas personas desearan efectuar trabajo presencial deberán firmar una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria. Esta declaración jurada exonera de responsabilidad al empleador.
3) Despidos arbitrarios. No está permitido despedir a un trabajador del grupo de riesgo solo por su condición. Esta situación sería considerada un despido nulo.