
A partir del 30 de agosto próximo las entidades financieras y bancos que emiten tarjetas de crédito deberán contar dentro de su portafolio por lo menos con una que no incluya dentro de sus condiciones el cobro de la comisión de membresía, lo cual debe ser informado al cliente.
Esta es una de las modificaciones dispuestas por la SBS al Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero y el Reglamento de Infracciones y Sanciones.
Estas tarjetas deben permitir el acceso a las redes e infraestructura de pago, incluyendo el consumo de bienes y servicios, sin que ello implique el cobro de comisión por membresía por ser estos servicios esenciales o inherentes.
MARCO DE EMERGENCIA
Estas disposiciones entrarán en vigencia a partir del próximo 30 de agosto.
Asimismo, la norma establece que las empresas del sistema financiero pueden efectuar modificaciones contractuales de los créditos en el marco de una declaratoria de estado de emergencia.
Las que planeen efectuar modificaciones mediante acuerdo con los usuarios sobre las condiciones contractuales de créditos otorgados a clientes que presenten o puedan presentar retrasos temporales, deberán establecer políticas para su tratamiento y ofrecer alternativas “acordes con su situación financiera y capacidad de pago”.
Asimismo, deberán establecer el procedimiento y plazo para que el cliente pueda solicitar la reversión o una evaluación del crédito a fin de obtener una estructura de pago diferente.
ASPEC: ES UN AVANCE
La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) afirmó hoy que la decisión de la SBS de obligar a los bancos y a las entidades financieras a ofrecer, por lo menos, una tarjeta de crédito sin cobro de membresía, es un avance importante.