Reglamento del Fondo Mipyme Emprendedor

El gobierno aprobó el reglamento del Fondo Mipyme Emprendedor para incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).  

El Decreto Supremo 225-2020-EF, publicado en El Peruano, aprueba el reglamento que dispone condiciones y criterios de elegibilidad. El MEF estableció esos criterios, con los que se designará a las entidades públicas o privadas encargadas de canalizar los recursos. 
El ministro de la Producción, José Salardi, sostuvo que el Fondo incrementará la productividad de unas 20 mil mipymes a través de instrumentos no financieros. Las mipymes representan el 99.59% de las empresas del país. El Fondo Mipyme Emprendedor se constituirá inicialmente con 125 millones de soles a asignarse en semanas. 

DESTINOS 

Recibirán recursos el Programa de Apoyo a la Internacionalización del Mincetur (20 millones de soles), el Instituto Tecnológico de la Producción (40 millones de soles), Innóvate Perú (25 millones de soles) y el saldo de 40 millones de soles irá a los fines que establezca el comité del Fondo. Lo destinado al Programa de Apoyo a la Internacionalización apoyará a 128 empresas en un proceso de diversificación de su oferta exportable. 

COFIDE 

La Ley 30230 creó el Fondo Mipyme, a la fecha administrado por Cofide. Por tanto, las empresas canalizadoras deberán suscribir un convenio con Cofide donde se establece las características del servicio a los beneficiarios finales y las condiciones del financiamiento. Las empresas que busquen canalizar los recursos deberán ser organizaciones públicas o privadas, no encontrarse incursa en ningún régimen de sanción y no tener pendiente acción judicial con Cofide o cualquier otra entidad gubernamental. 

Las entidades seleccionadas para la canalización de recursos tendrán que verificar la elegibilidad de los beneficiarios finales, contar con un sistema de monitoreo y registro actualizado de beneficiarios finales atendidos, vigilar el cumplimiento por los beneficiarios finales de los requisitos de elegibilidad establecidos y remitir a Cofide trimestralmente la información establecida en el convenio.