Proyecto del Ejecutivo modificaba solo el régimen laboral agrario

 A través de un oficio dirigido por el presidente, Francisco Sagasti, y la jefa del Gabinete Ministerial, Violeta Bermúdez, a la presidenta del Parlamento, Mirtha Vásquez, el Ejecutivo solicitó que el proyecto que modifica el régimen laboral de la Ley de Promoción Agraria (Ley 27360) sea tramitado con carácter de urgente.

No obstante, la Junta de Portavoces del Congreso rechazó ayer debatir el proyecto enviado por el Ejecutivo. Al cierre de esta edición, el Congreso se preparaba para debatir la propuesta de las Comisiones Agraria y de Economía, que proponen la derogación de la Ley Promoción del sector Agrario como tal o, en su defecto, recoger la propuesta del Ejecutivo. No obstante, circuló la versión de que el Congreso no incluiría en el debate el proyecto del Ejecutivo. 

QUÉ PROPONIA EL GOBIERNO  

El proyecto del Ejecutivo establecía solo la modificación del régimen laboral establecido en el Título III de la Ley de Promoción del Sector Agrario. 

Y derogaba también el numeral 7.2 del artículo 7 de la referida ley incorporando un segundo y tercer párrafos al numeral 7.1 para establecer taxativamente «la prohibición de recurrir a mecanismos de intermediación laboral y tercerización de servicios que impliquen una simple cesión de personal». 

«En consecuencia –proseguía el texto-, los empleadores de la actividad agraria deben contratar directamente a dicho personal, quedando exceptuados los supuestos de ocasionalidad y suplencia previstos en la Ley 27626, Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores», señala. 

Igualmente, el proyecto incorporaba un artículo 7-A en la Ley 27360, sobre las condiciones dignas de trabajo. En tal sentido, refería que los empleadores “garantizan condiciones de trabajo dignas y seguras a favor de sus trabajadores, que incluyen el traslado hacia los centros de labores, alimentación y lugares destinados a su disfrute”. 

Por último, el proyecto precisaba que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), supervisará el cumplimiento de las condiciones de trabajo. 

 DICTAMEN DEL CONGRESO 

El dictamen aprobado por el Congreso, que sería ahora la base del debate en el Pleno, contiene diferencias importantes respecto del proyecto del Ejecutivo. 

Destaca la modificación del inciso 7.1 del artículo 7 de la ley donde se añade un tercer párrafo con el siguiente texto: “El tratamiento remunerativo de los trabajadores comprendidos en el ámbito de la presente ley, incluido el pago de beneficios sociales como las gratificaciones legales y la compensación por tiempo de servicios, se rigen por las normas del régimen laboral general de la actividad privada, Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral. El pago de utilidades se rige por la ley sobre la materia”. 

Una segunda diferencia sería que el dictamen del Congreso considera a las actividades en el sector agrario y agroexportador como “actividades de riesgo”, y establece la obligación del empleador de “contratar un seguro complementario de trabajo y riesgo que se produzca en el centro laboral para cualquier accidente que puedan sufrir los visitantes, trabajadores”. 

En suma, de aprobarse el dictamen del Congreso podría suponer la derogación de laLey de Promoción Agraria como tal y del DU 043-2019 que ampliaba su vigencia hasta el año 2031.