
Por: Jorge Peschiera Cassinelli (*)
En artículo publicado el pasado 14 de agosto en el diario El Comercio, la señora Jessica Luna, gerente de ComexPerú, hace afirmaciones falsas sobre las importaciones de calzado, que perjudican a los fabricantes peruanos de calzado, especialmente cuando, coincidentemente, el 27 de agosto se sostendrá una audiencia para tratar la continuidad de derechos antidumping para ciertos tipos de calzado.
Es falso que las importaciones de calzado paguen un arancel mayor, como afirma la señora Luna. En el Perú, desde el 2011 el arancel máximo es 11%, que se aplica a muchos productos, no solo al calzado. No obstante, desde 1998 Indecopi ha venido estableciendo, por determinados períodos, derechos antidumping para algunos tipos de calzado. En cada oportunidad, de acuerdo con las normas de la Organización Mundial de Comercio, los fabricantes demostraron que ciertos tipos de calzado, procedentes de uno o más países, se importaban con dumping, es decir, a precios inferiores a los vigentes en los países de origen, causando daño a la producción nacional. En todos los casos, los derechos se aplican solamente cuando los precios son menores a los precios de referencia. Como se puede ver, no se trata de “decisiones políticas y no técnicas” como afirma la señora Luna.
Es engañoso afirmar que estos derechos se aplican “para proteger la industria nacional”, cuando de lo que se trata es de aplicar mecanismos mundialmente aceptados para frenar la competencia desleal basada en importaciones subvaluadas.
Es cierto que la producción nacional de calzado no ha mejorado en los últimos años, pero eso se debe, principalmente, a importaciones de calzados no afectos a derechos antidumping. Mientras en el 2012 se importaron 13.4 millones de pares de calzado clasificados en subpartidas arancelarias sin derechos antidumping, en el 2019 ingresaron 30.7 millones de pares de calzado de esas subpartidas. Es decir, las importaciones desplazaron una producción nacional de alrededor de 16 millones de pares al año, con la consecuente pérdida de miles de empleos. En contraste, las importaciones de calzado en subpartidas con derechos antidumping cayeron de 25.1 a 22.8 millones de pares al año entre el 2012 y el 2019, reflejando la efectividad de las medidas antidumping. Como se ve, los derechos antidumping han frenado un potencial tsunami de importaciones a precios subvaluados, mientras que fabricantes de productos no sujetos a derechos antidumping han sido seriamente afectados.
Con relación al efecto para los consumidores, se debe tener en cuenta que los comerciantes no pueden fácilmente trasladar a sus clientes los mayores costos resultantes de la aplicación de estas u otras medidas de política comercial. Si pudiesen hacerlo, no se opondrían a las medidas antidumping, como lo vienen haciendo mediante su participación directa ante Indecopi, reforzada por publicaciones tendenciosas como la que motiva esta respuesta.
La opinión pública no se debe dejar manipular por los grandes importadores que pertenecen a ComexPerú y que parecen no haberse dado cuenta de que los cambios políticos que se están dando en países como Chile y Perú tienen relación directa con la pérdida de empleos causada, entre otros factores, por la competencia desleal de las importaciones, que ha socavado industrias intensivas en mano de obra, como las de confecciones y calzado.
(*) Presidente de la Corporación del Cuero, Calzado y Afines.