Ministerio de Trabajo modifica unilateralmente relaciones laborales clave

El Ministerio cambió el reglamento de la ley de negociaciones colectivas de trabajo.

El Decreto Supremo No. 014-2022-TR publicado por el gobierno modifica las relaciones sindicales, negociaciones colectivas y huelgas incorporando cambios que no se ajustan a los criterios de la Organización Internacional del Trabajo.

Especialistas advierten que el decreto, primero, empodera a las organizaciones sindicales al concederles la posibilidad de acudir a arbitrajes cuando no existe un acuerdo entre las partes.

De igual manera, segundo, incrementa las condiciones para que más huelgas puedan ser legales estableciendo mayor flexibilidad en los requisitos.

Tercero, establece limitaciones que frenan la capacidad de las empresas de reducir los efectos de una paralización.

Se indica que los trabajadores independientes podrán formar sindicatos, así como negociar y plantear una huelga. También podrán afiliarse a sindicatos o formarlos los trabajadores subcontratados, es decir, que están laborando por tercerización.

Respecto a las huelgas, el MTPE ha determinado que si no se emite una resolución en tres días se le considera un silencio positivo y se permite la huelga. Ya no se requerirá de una negociación colectiva previa para que estas huelgas sean aprobadas, lo cual amplía los motivos por las que un sindicato puede irse a huelga.

En caso de una huelga, una empresa no puede permitir que el personal acuda a laborar ni reemplazar a ningún trabajador en huelga con personal que acuda a trabajar.

Si no existe un acuerdo de las partes, se indica que no surten efectos los puestos indispensables declarados por el empleador. El MTPE indica que ahora ambas partes deben ponerse de acuerdo en cuáles son los puestos esenciales de la empresa, caso contrario serán determinados por el Ministerio.

Además, ahora los sindicatos podrán determinar cuándo se ejercen los días de licencia sindical.

Otro cambio establecido por el MTPE es que ahora los trabajadores podrán solicitar previo al inicio de la negociación el estado de situación financiera (balance general), estado de resultados (estado de ganancias y pérdidas), estado de flujo de efectivo y estado de cambios en el patrimonio neto de la empresa, información que antes se presentaba cuando no había un acuerdo luego de ya iniciada la negociación.

EMPRESARIOS UNIDOS: MTPE QUIEBRA CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO

La decisión unilateral del gobierno quiebra el Consejo Nacional de Trabajo, pues no fue debatida en esta instancia tripartita de diálogo conformada por trabajadores, empleadores y gobierno. No es la primera vez que este gobierno actúa de manera unilateral. Lo mismo ocurrió con el decreto supremo sobre tercerización laboral.

El Decreto Supremo 014-2022-TR vulnera el equilibrio de las relaciones colectivas entre empleadores y trabajadores y tendrá consecuencias en la inversión.