Indecopi detiene colectivización de relaciones laborales

El comandante de las Guardias Revolucionarias de Irán Qassem Soleimani (a la izquierda) y Abu Mahdi al-Muhandis, comandante de las Fuerzas de Movilización Popular de Irak

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi emitió una resolución que establece que no se apliquen las medidas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) que prohíben la tercerización en las empresas. La resolución se materializó por la denuncia presentada por Cosapi-Minería. Sin embargo, en caso de apelación, los efectos de la resolución se suspenden hasta agotar la instancia final administrativa. Al cierre de esta edición trascendió que se había presentado una apelación contra la mencionada resolución., motivo por el cual sus efectos quedaban en suspenso.

La resolución de Indecopi dispone inaplicar las medidas que prohíben la tercerización laboral “en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos en general que se vean afectados por su imposición”.

Si al decreto que prohíbe la tercerización laboral le sumamos el Decreto Supremo 014-2022 TR –que promueve la sindicalización por fábrica, rama o actividad económica y conglomerados empresariales y, de otro lado, liberaliza el derecho a huelga– estamos frente a las mayores modificaciones del modelo económico en las últimas tres décadas.

“EXIGIMOS AL MINISTERIO RESPETAR LA INSTITUCIONALIDAD”

“Los gremios empresariales integrantes del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) exhortamos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) a respetar la institucionalidad y la legalidad contempladas en nuestra Constitución, vulneradas en la emisión del Decreto Supremo 001-2022 – TR, que restringe la contratación de servicios de tercerización”, señala el comunicado empresarial difundido ayer.

“Este decreto, promulgado arbitrariamente por el Gobierno, ignorando la instancia de diálogo y concertación en el CNTPE, atenta contra el derecho a la libre empresa y al derecho a contar con un trabajo formal para 200 mil personas”, añade.

“Por ello, consideramos que las resoluciones del Poder Judicial y del Indecopi señalando que se trata de una medida ilegal marcan una clara tendencia en sede judicial y administrativa, respectivamente, de que el MTPE no cuenta con la competencia para imponer medidas de esta naturaleza”, argumenta.